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Modificaciones al Codigo Penal
del Estado de Jalisco (2003) |
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Las modificaciones a
la Ley implican sanciones a los conductores tanto
particulares, de transporte y de carga.
Las modificaciones a la Ley señalan para los
delitos cometidos con motivo del tránsito de
vehículos, el homicidio por culpa grave, así
como lesiones consideradas como graves que se tipifiquen
como culpa grave.
Los supuestos que la Ley señala para considerar
los delitos como culpa grave son los siguientes (6)
:
I.-
Cuando conduzca el probable responsable, con exceso
de velocidad en más de treinta kilómetros
por hora del límite establecido para la zona
donde ocurra el accidente.
II.-
Cuando se cometa en hospitales, o zonas de concurrencia
de personas tales como escuelas en horario de entrada
y salida, centros comerciales o lugares de culto público
siempre que, existan señalamientos de estas
circunstancias.
III.-
Cuando el sujeto activo se le detecte más de
doscientos miligramos de alcohol por cien mililitros
de sangre o conduzca bajo el influjo de estupefacientes
o psicotrópicos de los señalados en
la Ley General de Salud, cuando conforme a dictamen
pericial se pruebe que esas substancias inhibieron
la facultad para conducir.
IV.- Cuando
se cometa con vehículos cuya capacidad de carga
sea mayor de cuatro toneladas, o más de doce
plazas de pasajeros.
V.-
Cuando se conduzca un vehículo en sentido contrario
a la circulación señalada o invada zonas
peatonales.
VI.-
Cuando el inculpado ha cometido anteriormente otros
delitos culposos con motivos de tránsito de
vehículos y conste en sentencia ejecutoriada.
Los
delitos culposos así como culpa grave homicidio
o lesiones se sancionarán con prisión
( 3 días a 10 años ).
La libertad provisional bajo caución será
negada cuando concurran dos supuestos ( no podrá
salir bajo fianza ) así mismo cuando se tipifique
culpa grave la unidad será detenida por la
autoridad hasta que se repare el daño causado.
RECOMENDACIONES:
- Conoce y entérate
de las modificaciones a la Ley.
- Utiliza el conductor
designado.
- Respeta las Leyes
y Reglamentos de Tránsito.
- Maneja con precaución.
- Recuerda las consecuencias;
si tienes un accidente de Tránsito y se
presentan los supuestos anteriores.
TU LIBERTAD PUEDE ESTAR EN JUEGO
LICENCIAS
AUTORIZADAS PARA CONDUCIR UN VEHÍCULO AUTOMOTOR
- LICENCIA
DE MOTOCICLISTA
Con esta licencia solo se puede conducir motocicleta
de cualquier cilindrada con o sin carro acopiado.
- LICENCIA
DE AUTOMOVILISTA
Con esta solo
se puede conducir automotores de transporte particular
de pasajeros máximo 15 plazas.
- LICENCIA
DE CHOFER
Con esta licencia
puede conducir automóviles y vehículos
de carga desde Pick Ups hasta vehículos
de 3.5 toneladas y automóviles de servicio
público.
- LICENCIA
DE CONDUCTOR DE SERVICIO TRANSPORTE PÚBLICO
Con autorización
para conducir vehículos de transporte público,
colectivo de pasajeros o de carga pesada sin límite
de peso.
- LICENCIA
FEDERAL
Esta la autoriza a conducir vehículos con
placas federales ( que pueden ser desde Pick Ups
hasta tractocamiones de acuerdo al tipo de carga.
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Vida
Brindamos la tranquilidad de saber que en el futuro
tú y tus seres queridos estarán protegidos. |
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